Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2018-S4
Fecha: 10-Abr-2018
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Nuria Marietka Lino Hurtado, Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal Primera (Plan 300) del departamento de Santa Cruz, por informe de 28 de noviembre de 2017, a fs. 16 vta, así como el expediente original del caso FELCC 1134/12; manifestó que al haberse extraviado el mandamiento de condena, se debió agotar el conducto para su consecución de forma oportuna, negando haber violado algún derecho o garantía constitucional del peticionante de tutela.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- i)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió la tutela
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por ende todo administrador de justicia en ejercicio de sus funciones, se encuentra constreñido a observar los indicados principios, evitando dilaciones indebidas o innecesarias que sólo generen perjuicio al derecho a la vida o la libertad de los procesados
- …busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- CONFIRMAR