Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2018-S3
Fecha: 20-Abr-2018
II.5.
II.5. El impetrante de tutela, solicitó mediante memorial de 13 de noviembre de 2017, la aplicación del art. 168 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en contra del Auto de Radicatoria por inobservancia de la Resolución 55/2016 y acusó defectos absolutos en el proceso sumarial en su contra.; asimismo, el 21 de noviembre interpone incidente de actividad procesal defectuosa en razón a la existencia de defectos absolutos e insubsanables, solicitando la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, vale decir, hasta la denuncia, a efectos de restablecer la seguridad jurídica y el derecho a la defensa. (fs. 84 a 99 y 100 a 104 vta.).