Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2018-S4
Fecha: 16-Abr-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra, se desarrolló una audiencia de cesación a la detención preventiva, en la cual y de forma oral recurrió de apelación incidental de acuerdo al art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP); la que fue radicada el “18” de noviembre de 2017, en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, sin que se hubiese señalado audiencia para la fundamentación de la misma; no obstante la presentación del memorial de 22 de igual mes y año, por el que pidió fijar señalamiento de audiencia dentro del plazo establecido por ley, sin tener respuesta alguna hasta la presentación de la acción tutelar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- cuando existen dilaciones indebidas
- III.2 Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- III.3.
- CONFIRMAR