SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2018-S1

Fecha: 25-Abr-2018

improcedente

La Sala de Familia Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 12/2017 de 22 de diciembre, cursante a fs. 32 y vta., declaró improcedente la acción de libertad, con los siguientes fundamentos: a) El accionante una vez notificado con la resolución que estableció su detención preventiva, tenía la posibilidad de interponer el recurso de apelación previsto en el art. 251 del CPP, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la presunta arbitrariedad denunciada; b) Existió incumplimiento del principio de subsidiariedad aplicable extraordinariamente a las acciones de libertad, por mandato de la jurisprudencia que impone que el accionante previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe agotar la vía de impugnación idónea; en consecuencia, correspondía al Tribunal de alzada pronunciarse inicialmente respecto a la resolución del Juez demandado, la cual sería presuntamente vulneratoria de los derechos protegidos por la acción de libertad, conforme establecieron las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0853/2014 de 8 de mayo y 0094/2015-S2 de 12 de febrero; y, c) Al no haber demostrado el cumplimiento del principio de subsidiariedad extraordinaria, no corresponde admitir la presente acción de libertad y menos entrar a consideraciones de fondo de la misma, sino determinar su improcedencia por incumplimiento del principio de subsidiariedad extraordinaria en el margen impuesto por la jurisprudencia constitucional.