Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2018-S4
Fecha: 30-Abr-2018
II.3.
II.3. Cursa oficio presentado el 20 de diciembre de 2017, dirigido al Presidente y Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, suscrito por la Jueza de Instrucción Penal Segunda del mismo departamento, que acredita la remisión del expediente original al Tribunal de alzada, en mérito a la acción de libertad interpuesta (fs. 26).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- por medio del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 12
- se constituye en el mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- III.3. Recaudos de ley y el principio de gratuidad en la administración de justicia
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR