AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2018-CA

Fecha: 28-May-2018

rechazó

El Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana, mediante Resolución Administrativa (RA) 043/2018 de 17 de abril, cursante de fs. 427 a 431, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta bajo los siguientes fundamentos: a) Con referencia al texto del art. 12.9, 12 y 17 de la LRDPB, que transgrediría el derecho al debido proceso, a la defensa, a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones, así como el derecho al trabajo, a la salud, al salario justo, y que no se adecuaría a la Constitución Política del Estado, se tiene que la acción de inconstitucionalidad concreta carece de fundamentación fáctica, al no establecer de qué forma la norma cuestionada es contraria a la Ley Fundamental y atenta a los derechos invocados de lesionados; b) Revisada dicha disposición refiere que son normativas jurídicas aprobadas mediante la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana; en consecuencia, goza de constitucionalidad conforme lo dispone el art. 410 de la CPE; y, c) En el presente caso, los accionantes fueron acusados por una responsabilidad administrativa tipificada en el art. 12.9, 12 y 17 de la LRDPB, norma que no vulnera los arts. 115 de la CPE; 10 de la DUDH, 14.3 del PIDCP; y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; por lo que, corresponde el rechazo de esta acción de inconstitucionalidad concreta.