AUTO CONSTITUCIONAL 0213/2018-RCA
Fecha: 28-May-2018
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memoriales presentados el 11 y 23 de abril de 2018, cursantes de fs. 38 a 50 vta., y de fs. 91 a 96 vta., la parte accionante, manifiesta que el 11 de diciembre de 2013, Teodoro Blanco Mamani formuló querella en su contra, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado, a lo cual interpusieron excepción de prescripción de la acción penal por haber operado el término de ley para que se pueda ejercer la misma, por lo que el Juez de Instrucción Penal Séptimo de El Alto del departamento de La Paz mediante Resolución 301/16 de 1 de junio de 2016, declaró fundado el pedido de extinción de la acción penal por prescripción de los delitos de falsedad material e ideológica e infundado por uso de instrumento falsificado.
La Resolución mencionada fue objeto de apelación, dictándose el Auto de Vista 312/2016 de 5 de diciembre, confirmando la Resolución de primera instancia; empero, sobre la base de la imputación formal de 15 de marzo de 2016, se emitió Resolución de sobreseimiento a favor de los imputados, cuando ya se había determinado la prescripción, siendo un error del Ministerio Público; posteriormente fueron sorprendidos con la notificación de la Resolución de acusación 9/2017 de 20 de enero, por delitos que ya fueron prescritos e incluso sobreseídos, vulnerándose sus derechos, pues nadie puede ser juzgado por conductas que por resolución judicial expresa hayan sido declaradas extinguidas, como sucedió en su caso donde se determinó probada la excepción de prescripción, no resultando lógico que a Mario Faruck Eid Abuawad y Mario Faruck Eid Barriga se los pretenda someter a juzgamiento por la supuesta comisión del tipo penal de falsedad ideológica y a Mario Limachi Salinas se lo pretenda juzgar por la presunta comisión del ilícito de falsedad material e ideológica.
Agrega que, con base en las acusaciones pública como particular presentadas por Mario Faruck Eid Abuawad, Mario Faruck Eid Barriga y Mario Limachi Salinas, el Tribunal de Sentencia Cuarto de El Alto del departamento de La Paz emitió la Resolución AP -19/2018 de 30 de enero, de apertura de juicio, disponiendo sus procesamientos por los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, delitos declarados prescritos.