AUTO CONSTITUCIONAL 0213/2018-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0213/2018-RCA

Fecha: 28-May-2018

improcedencia

La Jueza de garantías, por Resolución 212/2018 de 24 de abril, cursante de fs. 97 a 98, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, indicando que: 1) El art. 345 del Código de Procedimiento Penal (CPP) modificado por la Ley de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal    -Ley 586 de 30 de octubre de 2014-, determina el trámite de los incidentes, de donde “…se tiene que existe otro medio franqueado por ley para subsanar la actividad procesal defectuosa, la misma que puede ser interpuesta como incidente en la sustanciación del juicio para corregir los defectos y garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa…” (sic); y, 2) No se cumplió el principio de subsidiariedad; por lo que, no corresponde ingresar al análisis de la acción tutelar presentada.