Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0214/2018-CA
Fecha: 28-Jun-2018
Jueza Sumariante de la empresa de Servicios Eléctricos Potosí Sociedad Anónima
En consulta la Resolución de 19 de junio de 2018, cursante a fs. 56, pronunciada por la Jueza Sumariante de la empresa de Servicios Eléctricos Potosí Sociedad Anónima (SEPSA), por la que se decidió promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Víctor Rocabado Serrano, demandando la inconstitucionalidad del art. 29 de la Ley de Administración y Control Gubernamentales -Ley 1178 de 20 de julio de 1990-, por ser presuntamente contrario a los arts. 13.I, 14.II y III, 15.I, 46.I y 48.I, II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Jueza Sumariante de la empresa de Servicios Eléctricos Potosí Sociedad Anónima
- por el Decreto Supremo Nº 861 de 1 de mayo de 2011, que en su Artículo Único dispone
- a)
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 7