Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0056/2018
Fecha: 27-Jun-2018
II.4.
II.4. A través de Informe Técnico OEP-TSE-SIFDE 0196/2018 de 16 de mayo, se concluye que la pregunta: “¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE EL PUENTE? SI - NO”, propuesta por el ente deliberativo de El Puente, cumple con los requisitos establecidos en el art. 18 de la Ley de Régimen Electoral (LRE), para proseguir con el control previo de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (fs. 8 a 11).
- constitucionalidad de
- I.1. Contenido de la consulta
- ¿ESTÁ USTED DE ACUERDO CON LA APROBACIÓN Y PUESTA EN VIGENCIA DE LA CARTA ORGÁNICA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE EL PUENTE? SI - NO
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- elaborará de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros, y previo control de constitucionalidad, entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
- finalmente un referendo aprobatorio
- III.2. Naturaleza jurídica del control previo de constitucionalidad de preguntas para referendo
- a)
- III.3. Sobre el referendo y la legitimación activa
- respecto a la legitimación
- 1. A iniciativa estatal, la Presidenta o el Presidente de la instancia legislativa que promueva la iniciativa de referendo o la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, cuando corresponda
- entonces, sea que se trate de iniciativa popular como una de las formas de ejercer la democracia directa y participativa, o mediante iniciativa estatal, inexcusablemente la autoridad legitimada para formular la consulta sobre la constitucionalidad de una pregunta para referendo deberá promoverse mediante las citadas autoridades, en razón a que son quienes ostentan esa calidad o condición por disposición legal
- La legitimación
- Presidenta o el Presidente de la instancia legislativa que promueva la iniciativa de referendo, que resulta ser el Concejo
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- pregunta cerrada y directa
- 1) Claridad
- 1°