VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0313/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0313/2018-S2

Fecha: 27-Jun-2018

disponer el pago de salarios devengados

Conforme a la jurisprudencia sistematizada en el Fundamento Jurídico II.1 de este Voto Disidente, a partir del estándar jurisprudencial más alto contenido en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0138/2012 y 0177/2012, que tienden a efectivizar la inmediatez de la protección constitucional de los derechos al trabajo y a la estabilidad laboral ante incumplimiento de conminatoria de reincorporación; la suscrita Magistrada, mantiene el criterio que debió concederse la tutela con relación a la solicitud de reincorporación laboral; y además, disponer el pago de salarios devengados.

Por lo referido, se constata un evidente incumplimiento a la conminatoria de reincorporación; y en consecuencia una lesión a los derechos al trabajo, a la seguridad jurídica y a la estabilidad laboral del accionante; por lo que, de acuerdo con lo afirmado en el Fundamento Jurídico II.1 del presente Voto Disidente, sin perjuicio de que la resolución emanada de la Jefatura Regional del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Bermejo del departamento de Tarija sea impugnada en la vía administrativa o judicial por el empleador, dicha resolución debió ser cumplida de manera obligatoria y sin excusa, en razón a la protección de los derechos del trabajador por parte del Estado, a quien se le debe proporcionar estabilidad y seguridad jurídica en su relación laboral, garantizándole el derecho a generar su sustento diario y el de su familia, para la satisfacción de sus necesidades personales y familiares.