CONFIRMAR
Fundamentos por los cuales, considero que se debió CONFIRMAR en parte la Resolución 2/2018 de 19 de febrero, cursante de fs. 211 a 215 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Décima Octava del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, 1° CONCEDER la tutela solicitada en contra de Benjamín Saúl Rosas Ferrufino Rector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM), disponiendo el cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/CONM 126/2017, más el pago de los sueldos y salarios devengados y otros derechos que le correspondan; 2° DENEGAR en relación a Behimar Flores Rueda y Oscar Azogue Romero, Jefe de Recursos Humanos y Director Administrativo Financiero ambos de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, por falta de legitimación pasiva; y 3° Sin lugar el pago de costas procesales, y daños y perjuicios.
- REVOCAR en parte
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- II.1.
- En base a este entendimiento, la estabilidad laboral es un derecho constitucional cuya vulneración afecta a otros derechos elementales, a este efecto consideramos que se debe abstraer el principio de subsidiariedad en aquellos casos en que una trabajadora o un trabajador demande la reincorporación a su fuente trabajo ante un despido sin causa legal justificada; con el único requisito previo de recurrir a las Jefaturas Departamentales de Trabajo denunciando este hecho, a objeto de que estas entidades una vez establecido el retiro injustificado conmine al empleador a la reincorporación inmediata en los términos previstos por el DS 0495, y ante su incumplimiento se hace viable la tutela constitucional a través de la acción de amparo constitucional.
- II.2. Lo resuelto por la SCP 0359/2018-S1 de 26 de julio
- III.1. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
