AUTO CONSTITUCIONAL 0247/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0247/2018-CA

Fecha: 25-Jul-2018

Fragmento 1

En consulta la Resolución 001/2018 de 22 de junio, cursante de fs. 42 a 46, pronunciada por la Sala Plena del Consejo de la Magistratura por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Nancy Mirtha Pariente Ortuño demandando la inconstitucionalidad del art. 16.I inc. b) num. 2 del Reglamento de Régimen Disciplinario para Servidores Judiciales Administrativos del Órgano Judicial aprobado por Acuerdo 36/2012 de 24 de febrero, en la frase: “La demora injustificada en el procesamiento de todo tipo de trámites…” (sic), por ser presuntamente contraria a los arts. 109.II, 115.II, “16.II”, 119.II, 232 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).