I.2. Sobre la Disposición 1° de la DCP 0071/2018
De acuerdo a lo expresado anteriormente, la suscrita Magistrada no comparte los fundamentos en virtud de los cuales se examinaron los parágrafos del referido artículo analizado del proyecto de COM de Caraparí, en razón a que correspondía declararlos incompatibilidades; por consiguiente, sobre la Disposición 1° de la DCP 0071/2018, expreso mi desacuerdo a que implícitamente se declare la compatibilidad de los parágrafos II y III del mencionado art. 105 del proyecto de COM reformulado.
