SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0448/2018-S3
Fecha: 26-Jul-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia lesionados sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral, debido a que la Empresa Pública Departamental Servicios Eléctricos de Tarija (SETAR) incumplió la Conminatoria de 16 de agosto de 2016 -lo correcto es 2017-, emitido por la Jefatura Departamental de Trabajo Bermejo-Tarija, contra la cual la citada Empresa planteó el recurso de revocatoria que fue resuelto mediante RA 010/2017 de 6 de octubre; empero dicha Entidad Privada no formuló recurso alguno, razón por la cual ese dictamen adquirió firmeza quedando agotada la vía administrativa para plantear la presente acción de amparo constitucional.
Asimismo, el impetrante de tutela a través de su abogado, a tiempo de ratificar el contenido de su acción de defensa manifestó que el problema jurídico a dilucidarse es el cumplimiento de la SCP 1131/2016-S3 de 19 de octubre, que en algún momento supuso la terminación del pleito; sin embargo, la referida Empresa permitió que el solicitante de tutela continúe trabajando por más de seis meses y generó una nueva relación laboral que al superar los noventa días de prueba se tornaría en indefinida.