Declaración Constitucional Plurinacional 0060/2018 de 25 de julio, correlativa a las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0096/2017 de 15 de noviembre, 0148/2016 de 1 de diciembre, 0217/2015 de 16 de diciembre y 0047/2015 de 26 de febrero
Fecha: 21-Ago-2018
3°
3° Disponer, que el Órgano Deliberante del Gobierno Autónomo Municipal de Camargo, en la elaboración del texto ordenado del proyecto de COM, se ajuste únicamente a las normas declaradas compatibles por las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0096/2017, 0148/2016, 0217/2015, 0047/2015 y la presente Declaración Constitucional Plurinacional. Considerando que se advirtieron casos en los que fue determinada la improcedencia de las modificaciones realizadas sobre disposiciones antes declaradas compatibles; se puntualiza que en el futuro, cualquier modificación efectuada por el estatuyente, sin que haya sido dispuesta expresamente, es susceptible de responsabilidad del Órgano Deliberante Municipal” (las negrillas corresponden al texto original).
- no declaró la improcedencia del control previo de constitucionalidad por la inexistencia de contenido normativo que confrontar con la Constitución Política del Estado
- 1°
- 2°
- 3°
- I.2. Respecto de la parte resolutiva primera de la DCP 0060/2018
- debió además disponer la improcedencia del control previo de constitucionalidad sobre el art. 11.II del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Municipal