Sentencia Constitucional Plurinacional 0399/2018-S1 de 13 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0399/2018-S1 de 13 de agosto

Fecha: 13-Ago-2018

Otras consideraciones

En el caso en análisis, conforme lo advertido por el Juez de garantías, en audiencia de la presente acción de libertad, se tiene que éste tuvo acceso a la revisión del expediente del cual aparentemente la autoridad judicial ahora demandada, hubiera declinado de competencia al Juzgado en materia civil; sin embargo, dichos actuados no fueron remitidos ante éste Tribunal para su correspondiente análisis, inobservando lo dispuesto en el Fundamento Jurídico II.4 del presente Voto Disidente que entiende que todo Juez o Tribunal de garantías, cuenta con la obligación de remitir al Tribunal Constitucional Plurinacional la prueba aportada por la parte accionante y demandada en la acción de libertad y la prueba que de oficio pudo producir máxime cuando la misma haya servido para resolver inicialmente la problemática; consecuentemente, corresponde efectuar una severa llamada de atención al Tribunal de garantías que conoció en primera instancia la presente acción de defensa y no remitió las pruebas pertinentes que ayuden a resolver la problemática planteada venida en revisión.