SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0438/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0438/2018-S3

Fecha: 18-Sep-2018

Fragmento 17

De lo referido en el Fundamento Jurídico III.3 del presente fallo constitucional, a través de la modalidad traslativa o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad, puesto que se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad, ante la inobservancia de la línea jurisprudencial constitucional, se concluye en la lesión a los derechos y garantías constitucionales invocados por los peticionante de tutela, al no observar el principio de celeridad y remitir el testimonio de apelación en el término de veinticuatro horas de acuerdo a lo previsto en el art. 251 del CPP, la autoridad demandada dilató innecesariamente e injustificadamente la situación jurídica de los accionantes. Por lo que se concluye en la vulneración al principio de celeridad, que afecta el derecho fundamental a la libertad, correspondiendo otorgar la tutela solicitada.