SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2018-S2

Fecha: 25-Sep-2018

1)

Sandra Emma Cordón Martínez, Jueza Pública de Familia Decimosegunda de la Capital del departamento de La Paz, presentó informe escrito cursante de fs. 49 a 51, señalando los siguientes términos: 1) La apelación presentada por el demandante contra la Resolución 062/2018, que aprobó la liquidación de la asistencia familiar, fue concedida en efecto devolutivo (art. 376 del CF) que permite la continuación del trámite principal sin perjuicio de la apelación y el pago de la asistencia familiar debe continuar por constituir de interés social, sin que pueda diferirse por recurso o procedimiento alguno establecido en el art. 127.I del citado Código; 2) Al haberse aprobado la liquidación en la Resolución 062/2018, se ordena al obligado a cancelar el monto líquido y exigible, precisamente en materia familiar ésta, constituye la intimación de pago, en cuya virtud se ordenó el libramiento del mandamiento de apremio (art. 415.II del referido Código), que fue impugnado mediante el recurso de reposición; 3) La acción de libertad presentada por la parte accionante resulta ser un abuso de esta acción de tutela, por cuanto en ningún momento se expidió mandamiento de apremio, y si tal mandamiento no ha sido emitido, menos aún se ha entregado a la demandante, puesto que su ejecución es atribución exclusiva de los oficiales de diligencias; y, 4) La suscrita autoridad judicial ha dado cumplimiento con los derechos del niño previstos en los arts. 27.4 de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y 60 de la CPE. Por lo expuesto, solicita que se declare la improcedencia de la acción de libertad impetrada.