SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0808/2018-S3
Fecha: 26-Sep-2018
denegó
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 17/2018 de 19 de junio, cursante de fs. 16 a 17, denegó la tutela impetrada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La accionante solicitó audiencia de consideración de cesación de la detención preventiva en la que el cargo de presentación resulta ilegible, no pudiendo el tribunal, verificar la presentación del día y hora señalado en audiencia de acción de libertad, que indica el “13 de junio” del año 2018, existiendo una providencia de 14 del citado mes y año, emitida por la autoridad demandada, en la que señaló audiencia para resolver lo solicitado para el 22 del mes y año referidos; y, 2) Si bien la solicitante de tutela en la fundamentación de la acción de libertad presentada arguyó que la audiencia no se señaló dentro de plazo, sin embargo, existe una providencia que objetivamente programa la audiencia impetrada y por ello, desaparecen los fundamentos señalados en la acción referida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- medio de defensa extraordinario
- III.2. Respecto a la dilación en la tramitación de la cesación de la detención preventiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR