SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2019-S4

Fecha: 23-Ene-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de estafa, caso FELCC-DP7 456/17, a cargo de Alejandra Nilda Ávalos Soliz y Adán Arteaga Mansilla, Fiscales de Materia –ahora demandados–, asignados a la Unidad Corporativa Pampa de la Isla, el 24 de enero de 2018, emitieron orden de aprehensión en su contra, sin previamente haberlos notificado o citado, menos tomado conocimiento del caso investigado, hasta el 25 de abril del indicado año, en que dicha orden fue ilegalmente ejecutada por funcionarios policiales, oportunidad en que recién se enteraron que se hubiere instaurado meses antes.

Las autoridades demandados al emitir el mandamiento de aprehensión fundamentaron su decisión en la aplicación del art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sin percatarse que no existía citación legal alguna hacia sus personas, permitiendo la ejecución de dicha orden, sometiéndolos así a un estado de indefensión por cuanto no pudieron presentar descargo alguno.