0890/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0890/2019-S2

Fecha: 01-Oct-2019

I

El accionante considera que las autoridades demandadas vulneraron su derecho a la libertad y los principios de irretroactividad y legalidad de la norma sustantiva; toda vez que, estando procesado penalmente por la presunta comisión del delito de violación, radicado la causa en el Tribunal de Sentencia Penal Octavo del departamento de La Paz, el 26 de abril de 2019 planteó un incidente de actividad procesal defectuosa por haberse constreñido el principio de irretroactividad de la norma penal, cual fue rechazado por Decreto de 29 del mismo mes y año; no estando de acuerdo con este acto jurisdiccional, presentó “revocatoria”, que mereció el Auto de 3 de mayo de igual año, que establece que la reposición no procede contra providencias de mero trámite; resolución, que lesiona los principios de irretroactividad y legalidad; por ello, solicita se le conceda la tutela impetrada, y se deje sin efecto el Decreto de 29 de abril y el Auto de 3 de mayo de 2019; se disponga que los demandados tramiten el incidente por violación al principio de retroactividad de la norma penal y expidan mandamiento de libertad a su favor.

I.         Las excepciones se tramitarán por la vía incidental por una sola vez, ofreciendo prueba idónea y pertinente, las cuales podrán plantearse por escrito ante la o el Juez de Instrucción en lo Penal dentro del plazo de diez (10) días computables a partir de la notificación judicial con el inicio de la investigación preliminar, sin interrumpir actuaciones investigativas.