Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ACLARATORIO DE LA SCP 1014/2019-S1
Fecha: 09-Oct-2019
II.3. Argumentos del Voto Aclaratorio
El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad, debido a que no obstante de haber cumplido superabundantemente la pena de reclusión de tres años y seis meses que le fue impuesta por la comisión del delito de tentativa de robo agravado, a la fecha -entiéndase de presentación de esta acción de defensa- continúa indebidamente recluido.
- REVOCAR
- II.1.
- , empero para ello, previamente se deben agotar los mecanismos de protección específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, operando la acción de libertad solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- si existe norma expresa que prevea mecanismos intraprocesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional
- control del trato otorgado a los detenidos
- II.3. Argumentos del Voto Aclaratorio
- Juez de Ejecución Penal se encuentra a cargo de
- Voto Aclaratorio
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata.