AUTO CONSTITUCIONAL 0237/2019-CA
Fecha: 02-Oct-2019
Fragmento 3
Por Resolución 104/2019 de 15 de agosto, cursante de fs. 545 a 552, el Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: a) El accionante no efectuó una argumentación suficiente que ponga en duda la constitucionalidad de la norma cuestionada, además la nombrada acción normativa carece de fundamentación fáctica, al no establecer de qué forma el art. 12.9, 12 y 17 de la LRDPB es contrario a la Ley Fundamental y atenta sus derechos al debido proceso, a la defensa, al trabajo y a la valoración de la prueba; y, b) Revisada la disposición impugnada, goza de constitucionalidad conforme dispone el art. 410 de la Norma Suprema, concordante con el art. 4 del Código Procesal Constitucional (CPCo).