Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0237/2019-CA
Fecha: 02-Oct-2019
podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo
Por su parte, el art. 81.I del mismo cuerpo legal, dispone que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoría de la Sentencia” (las negrillas son nuestras).