AUTO CONSTITUCIONAL 0319/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0319/2019-RCA

Fecha: 15-Oct-2019

II.5. Otras Consideraciones

Respecto a la terminología empleada a momento emitirse resolución en etapa de admisibilidad, la SCP 0030/2013 de 4 de enero, señaló que: “…el juez o tribunal de garantías (…), mediante auto debidamente fundamentado, declarará la improcedencia de la acción, tal cual lo establece expresamente el art. 30.I.2 del CPCo”; como se advierte el término de “in límine” fue superado por simplemente declarar la improcedencia de la acción de amparo constitucional, en los casos previstos en los arts. 53, 54 y 55 del CPCo, aspecto que deberá ser considerado por la Sala Constitucional mencionada, al momento de conocer futuros casos.