AUTO CONSTITUCIONAL 0319/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0319/2019-RCA

Fecha: 15-Oct-2019

improcedencia

La Sala Constitucional Primera del departamento de Oruro, mediante Resolución de 17 de septiembre de 2019, cursante de fs. 114 a 116, declaró la improcedencia in límine de la acción de amparo constitucional, fundamentando que: a) La autoridad accionante no hizo uso del recurso de casación contra el Auto de Vista de la cual se solicita la nulidad a través de este medio de defensa, pues el Auto 53/2016, de la cual deviene la presente acción y que dio origen al Auto de Vista del cual se pide la nulidad, fue concedido en el efecto suspensivo conforme se tiene del Auto de 17 de enero de 2017, cursante a fs. 51 del cuaderno constitucional, por lo que correspondía plantee recurso de casación de acuerdo a lo señalado en el art. 270 del Código Procesal Civil (CPC) -Ley 439 de 19 de noviembre de 2013-, aplicable al caso por disposición del art. 1 de la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal, que refiere que la jurisdicción coactiva fiscal que sustancie y resuelva este tipo de trámites se lo hará de acuerdo a los principios y normas señaladas en el mencionado procedimiento, y que se aplicaran solo a falta de disposición expresa, lo que significa que no se hizo uso oportuno del recurso de impugnación llamado por ley; y, b) El impetrante de tutela no utilizó los medios idóneos para su reclamación, por lo que este tribunal no puede suplir la negligencia que consintió y convalidó lo resuelto por las autoridades demandadas, operándose la subsidiariedad.