DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2019

Fecha: 04-Oct-2019

I.1. Contenido de la consulta

Mediante memorial presentado el 16 de septiembre de 2019, cursante de fs. 90 a 91 vta., Fausto Mamani Apaza, manifestó que habiéndose notificado con la DCP 0034/2019 de 14 de mayo, correlativa a la DCP 0221/2015 de 16 de diciembre y DCP 0034/2014 de 13 de junio, por la que se declaró la compatibilidad plena del Proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) del Gobierno Autónomo Municipal de Batallas; por escrito de 19 de julio de igual año, hizo la consulta correspondiente al Tribunal Supremo Electoral (TSE) solicitando la convocatoria a referéndum aprobatorio de la respectiva norma institucional básica, quienes emitieron la Resolución TSE-RSP-ADM 0396/2019 de 5 de septiembre, por la cual resolvieron aprobar la propuesta de pregunta enviada por el Concejo Municipal y el Informe del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE): TSE.DN-SIFDE 0504/2019 de 29 de agosto, correspondiente con la formulación de la pregunta para el referendo.

En el mismo sentido, señaló que cumplió los requisitos legales exigidos para el efecto, de conformidad a los arts. 275 de la Constitución Política del Estado (CPE); 53.II de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” (LMAD) -Ley 031 de 19 de julio de 2010-, en observancia del art. 40 inc. a) y ss. del Reglamento Para Referendo de Estatutos Autonómicos y Cartas Orgánicas y Consulta de Conversión a la Autonomía Indígena Originario Campesina; aprobado por Resolución TSE-RSP-ADM 0181/2018 de 25 de abril; 28.I.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP); y, 116, 117, 118, 119 y 120 del Código Procesal Constitucional (CPCo).