Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0918/2019-S2
Fecha: 04-Oct-2019
Partes:
Partes: Bladimir Marca Aranibar contra Juan Carlos Zelaya Rojas y José Romero Solíz, Vocales de la Sala Penal Primera y Segunda respectivamente del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y, Mery Clory Morales Fernández, Jueza de Sentencia Penal Segunda de la Capital del mismo departamento en suplencia legal.
- Partes:
- Fragmento 2
- II. FUNDAMENTACIÓN
- La motivación y también la valoración integral de medios probatorios aportados en una causa jurisdiccional, constituyen presupuestos propios de las reglas de un debido proceso.
- Asimismo, debe precisarse que la omisión valoratoria, en el marco de las reglas de un debido proceso, implica la falta de consideración de alguno de los elementos probatorios producidos por las partes en el decurso de la causa, aspecto que implica el incumplimiento del postulado en virtud del cual, la autoridad jurisdiccional, debe considerar de manera integral todos los medios de prueba aportados; por lo señalado, se concluye que el incumplimiento de este presupuesto, al igual que el incumplimiento de la motivación de decisiones
- II.2. Análisis del caso concreto