SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2019-S4

Fecha: 16-Oct-2019

concedió

La Jueza de Partido de Sustancias Controladas Liquidadora y de Sentencia Quinta del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 31/2019 de 9 de julio, cursante de fs. 16 vta. a 18 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que se remita en el término de veinticuatro horas el acta de la audiencia de 3 de julio del 2019 y demás antecedentes ante la Sala Penal de Turno de conformidad al art. 251 de la norma adjetiva penal; ello, en base a los siguientes fundamentos: 1) Al no haberse remitido el cuaderno procesal, en aplicación a la presunción de veracidad, se establece que la Jueza demandada debió remitir los antecedentes en el plazo de veinticuatro horas, sin que hasta la fecha de presentación de la presente acción tutelar –8 de julio de 2019– se haya materializado dicha remisión, habiendo transcurrido cuatro días, impidiendo esta situación que la apelación sea considerada por el Tribunal de alzada; y, 2) La SCP 0178/2014 de 30 de enero, señaló que el habeas corpus en su modalidad traslativa o de pronto despacho se constituye en el mecanismo idóneo para reclamar las dilaciones indebidas ocasionadas por autoridades jurisdiccionales cuando inciden directamente en lesión al derecho a la libertad; asimismo, la SCP 0423/2018-S2 de 14 de agosto estableció las sub reglas que debe seguir una autoridad judicial a tiempo de tramitar las apelaciones de medidas cautelares de detención preventiva; de igual forma, la SCP 0205/2012 de 24 de mayo, hizo referencia al principio de celeridad que se encuentra contenido en la CPE.