SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0929/2019-S2
Fecha: 04-Oct-2019
1)
El Juez Público Mixto e Instrucción Penal Tercero del Plan Tres Mil del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito presentado el 25 de junio de 2019, cursante a fs. 15, señaló que: 1) Desde el 7 de enero del mismo año, hasta la interposición de esta acción tutelar, durante aproximadamente seis meses se encuentra en suplencia legal de los Juzgados Públicos Mixtos e Instrucción Penal Primero y Segundo del Plan Tres Mil del indicado departamento; 2) Siendo que la audiencia de aplicación de medidas cautelares se realizó el 14 de marzo de 2016, donde se impuso la detención preventiva al accionante, el Ministerio Público presentó el requerimiento de aplicación de procedimiento abreviado el 13 de septiembre de 2017, cuya audiencia hasta la fecha no se pudo efectuar por distintos motivos; 3) Que se encontraría pendiente de realización la referida audiencia, que fue programada para el “…viernes 28 de junio de 2019 a horas 16:30 p.m., en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz Palmasola…” (sic); y, 4) Solicitó se considere la suplencia que ejerce en otros Juzgados.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos, dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO