SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0939/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0939/2019-S4

Fecha: 22-Oct-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Los demandados  representantes del Sindicato de Taxis 11 de julio y de la Asociación de Transporte Libre “Antonio Quijarro”, a través de medios de comunicación locales de Uyuni, dieron a conocer el incremento de la tarifa de pasajes de Bs3 (tres bolivianos) a Bs4 (cuatro bolivianos), justificando esta determinación arbitraria, en el alza de precios de la canasta familiar y los costos de operación.

Con base a esta determinación, procedieron al cobro de transporte a los ciudadanos por la tarifa ilegalmente impuesta; sin que, además, el Gobierno Autónomo Municipal de Uyuni, intervenga en la regulación del incremento estipulado, asumiendo más al contrario, una actitud omisiva respecto a sus obligaciones; vulnerándose, en consecuencia, los arts. 1, 2 y 14 de la Ley General de los derechos de las Usuarias y Usuarios y de las Consumidoras y Consumidores –Ley 453 de 4 de diciembre– y 4, 17, 22, 228 y 230 de la Ley General de Transporte –Ley 165 de 16 de agosto de 2011–, puesto que el transporte urbano no puede determinar unilateralmente el incremento de tarifa de pasajes.

Concluyeron que, es necesario que tanto las entidades prestadoras del servicio de transporte, así como el Gobierno Autónomo Municipal de Uyuni, den cumplimiento a la Constitución Política del Estado y la normativa antes referida, para determinar objetivamente el incremento de la tarifa de pasajes; ya que la población de Uyuni,  no puede estar sujeta a la arbitrariedad de las instituciones representadas por los demandados, que va en desmedro de los derechos de toda una colectividad usuaria, mismos que, en una circunstancia similar, fueron protegidos a través de la acción popular, resuelta a través de la SCP 0707/2018-S2 de 31 de octubre.