SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0952/2019- S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0952/2019- S2

Fecha: 15-Oct-2019

a)

Limberg Mamani Flores, Secretario del Juzgado de Instrucción Penal Decimosegundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, presentó informe el 4 de julio del 2019, que corre a fs. 24 y vta., mediante el cual señaló: a) Los argumentos del ahora accionante son totalmente falsos, en ningún momento señaló que realizaría el acta cuando “se le venga en gana”, pero sí llamó la atención al abogado del ahora impetrante de tutela, en razón de que éste informó que tenía la grabación de la audiencia y que él podía ayudarle elaborándola; en este sentido, le manifestó que ello es responsabilidad su persona, más aún si existen menores de edad en el proceso penal; b) Respecto a la demora de la elaboración del acta, se debió a la recarga laboral que tiene como Secretario; y, a que el Juzgado no cuenta con funcionario Auxiliar, por lo expuesto pidió se considere aquella situación y que se tome en cuenta la verdad material establecida en el art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); y,               c) Solicitó que se deniegue la tutela solicitada, toda vez que su persona no vulneró ningún derecho ni garantía constitucional del ahora demandante de tutela.