SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0958/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0958/2019-S2

Fecha: 15-Oct-2019

a)

En audiencia, su abogado refirió que: a) El Auto 29/2019, que dispuso la remisión del proceso penal seguido contra el accionante al Juzgado de San Lucas, fue emitido por los Jueces del Tribunal de Sentencia, Juzgado de Partido y de Sentencia Penal de Camargo del departamento de Chuquisaca; existiendo sin embargo una apelación pendiente por la que la no remitió el expediente; b) La acción de libertad presentada no contiene una relación fáctica de los hechos, no identificó los derechos y garantías presuntamente vulnerados, y no expuso con claridad los elementos transgredidos para viabilizar la concesión de la tutela;       c) No se expone tampoco que la vida del accionante esté en peligro, que se encuentre ilegalmente perseguido o indebidamente procesado en afectación de su libertad; debiendo considerarse que la falta de remisión del expediente tiene sustento en la existencia de una apelación planteada por el mismo, debiendo tomarse en cuenta por ende que el proceso “automáticamente queda paralizado hasta que la apelación se resuelva” (sic); d) Conforme a la SCP “0014/10” -no consigna la fecha-, debe existir vinculación con la libertad para activar esta acción de defensa; no habiéndose demostrado en el caso que la restricción de la libertad del ahora impetrante de tutela emerja de acciones u omisiones de la Secretaria demandada. En ese orden, destaca que el demandante de tutela ya se encontraba detenido preventivamente en virtud a Resolución de la autoridad jurisdiccional del Juzgado de San Lucas, no constando ninguna solicitud de cesación de dicha medida restrictiva de libertad, misma que debió efectuarse en forma previa a presentarse la acción de libertad; y, e) En el marco de lo expuesto, no existiendo indefensión alguna del peticionante de tutela, solicitó se “rechace y declare improcedente” (sic) la acción de defensa presentada contra su defendida.