SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0976/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0976/2019-S2

Fecha: 21-Oct-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 15 de julio de 2019, aproximadamente a horas 11:00 de manera voluntaria se apersonó al despacho de Raúl Fiengo Veliz, Fiscal adscrito a la división de la Fiscalía Especializada para Víctimas de Atención Prioritaria (FEVAP) de la ciudad de Yacuiba, quien inmediatamente procedió a su aprehensión, en celdas de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC), para posteriormente presentar en su contra imputación formal al día siguiente, ante el Juez de Instrucción Penal Primero de Yacuiba del departamento de Tarija, autoridad que señaló audiencia de medidas cautelares para el 17 del mes y años señalados a horas 9:00; actuado procesal en el que se dispuso su detención preventiva, en el Centro de Readaptación Productiva “El Palmar” de Yacuiba, por la presunta comisión del delito de abuso sexual.

Aducen que, la imputación formal presentada por el Ministerio Público, respecto a los peligros procesales, contenido en el art. 234.10 del Código de Procedimiento Penal (CPP), sobre “peligro efectivo para la sociedad o para la víctima o el denunciante”, solo se refirió al primer componente referido al peligro para la sociedad; empero, en la audiencia de consideración de medidas cautelares, en la que debía asumir se defensa respecto de dicho riego, el Juez de la causa, permitió que el representante del Ministerio Público ampliara oralmente dicho riesgo procesal, causándole indefensión, debido a que no contaba con los elementos necesarios, en ese momento, para desvirtuar el referido riesgo (peligro de la víctima).