SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0978/2019-S4
Fecha: 22-Oct-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
A partir de 6 de febrero de 2013, prestó servicios en el SEDEGES de Beni, como Secretaría, nivel 11, con un haber mensual de Bs3 500.- (tres mil quinientos 00/100 bolivianos), funciones que cumplió en el Centro de Infractoras Esperanza mediante designaciones sucesivas por gozar de inamovilidad laboral, debido a que su esposo Saúl Ortiz Nava tiene discapacidad; empero, el 3 de enero de 2019, fue retirada del registro en el sistema de control de asistencia y cuando reclamó, le informaron que fue una orden impartida por la Directora del SEDEGES de Beni –ahora demandado–, motivo por el cual, se apersonó a la Jefatura Departamental de Trabajo de Beni donde recibió evasivas y finalmente, una declinatoria de competencia producida luego de casi cinco meses de espera.
Finalmente, apuntó que su esposo no cuenta con trabajo ya que fue despedido hace más de dos años, sin que el proceso de reincorporación planteado contra su empleador cuente con sentencia ejecutoriada, al encontrarse pendiente de resolución su recurso de apelación contra la sentencia que le fue desfavorable.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió en parte
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.2. Inamovilidad funcionaria de los trabajadores que tienen bajo su dependencia a personas con capacidades diferentes
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR