Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2019-S1
Fecha: 04-Oct-2019
Fragmento 10
Al respecto, la SCP 0290/2016-S3 de 29 de febrero, sostuvo que: «El art. 128 de la CPE, señala que la acción de amparo constitucional “…tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.