VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0055/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0055/2019

Fecha: 18-Oct-2019

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

La parte recurrente, en sus argumentos jurídicos, denuncia que las Resoluciones  del Consejo Universitario H.C.U. 061/2010, H.C.U. 51/18 -que aprueba la primera Convocatoria a Claustro Universitario 2018-2021- y H.C.U. 58/18 -que aprueba la segunda Convocatoria a Claustro Universitario 2018-2021, emitidas por el Consejo Universitario de la UNSXX, fueron dictadas usurpando funciones del Congreso Nacional de Universidades y de la Asamblea General de la UNSXX -que son los órganos de representación nacional- y sin contar con la facultad necesaria conferida por las normas orgánicas de la Universidad Boliviana -Estatuto Orgánico del Sistema de la Universidad Boliviana ni Estatuto Orgánico de la UNSXX-.