ACLARATORIO DE LA SCP 1009/2019-S2
Fecha: 21-Nov-2019
el estándar
Por las razones expuestas, la Magistrada que efectúa el presente Voto Aclaratorio, considera que la fundamentación de la SCP 1009/2019-S2 de 21 de noviembre, debió prescindir del desarrollo de entendimientos restrictivos de la jurisprudencia constitucional vinculada al procesamiento indebido y la acción de libertad; por cuanto, como se precisó en los párrafos anteriores, actualmente el precedente constitucional en vigor o vigente es el que acoja el estándar más alto de protección del derecho fundamental o garantía constitucional invocada, que para el tema desarrollado está contenido en la SCP 0217/2014 de 5 de febrero; consiguientemente, no debió aplicarse en el análisis del caso concreto, la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.1 de la citada Sentencia Constitucional Plurinacional, sino ingresar a examinar y resolver el fondo de la problemática planteada, otorgando una respuesta pronta y oportuna a la solicitud del accionante.
- confirmar
- II.1. La fuerza vinculante del precedente constitucional con relación al estándar jurisprudencial más alto
- El art. 2.II.2 del CPCo
- principio de no formalismo
- del entendimiento más favorable para el acceso a la justicia constitucional
- II.2. El debido proceso vía acción de libertad con relación al estándar jurisprudencial más alto
- Fragmento 7
- a)
- En ese entendido, bajo una interpretación literal de dichas normas, pero también atendiendo a una interpretación teleológica de las mismas, debe señalarse que la garantía del debido proceso en materia penal es tutelable por la acción de libertad, aún no exista una vinculación directa con el derecho a la libertad física o personal, siendo suficiente la existencia de una relación indirecta con dicho derecho ante la amenaza de privación de libertad que el proceso penal supone
- debe ser una premisa en esta su labor, el garantizar
- el estándar jurisprudencial más alto se encuentra contenido en la SCP 0217/2014; por cuanto, no limita la protección de la garantía del debido proceso vía acción de libertad a la existencia de indefensión absoluta y vinculación directa con el derecho a la libertad
- resulta aquél que acoja el estándar más alto de protección del derecho fundamental o garantía constitucional invocada
- Por lo que, correspondía ingresar al análisis de fondo del problema jurídico formulado, conforme a los siguientes argumentos
- el estándar
- CORRESPONDE AL VOTO ACLARATORIO DE LA SCP 1009/2019-S2 (viene de la pág. 9)
- MAGISTRADA