AUTO CONSTITUCIONAL 0356/2019-RCA
Fecha: 29-Nov-2019
plazo de tres días
En el presente caso, la Sala Constitucional Tercera del departamento de Santa Cruz, declaró por no presentada la acción de amparo constitucional, indicando que. “…la Zona Equipetrol es inexistente en la ciudad de ‘El Alto’, existe la Zona Equipetrol en la ciudad de Santa Cruz, pero ya se expresó en el Auto de Observación N° 291, de 10 de Octubre de 2019, que el accionante no podía mencionar otro que no fuera en el Departamento de La Paz…” (sic) (fs. 29), por lo que al no haber subsanado la observación referida a señalar el domicilio de uno de los terceros interesados -Procuraduría General del Estado-, dentro del plazo de tres días otorgado, aplicó al caso el art. 30.I.1 del CPCo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- por no presentada
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- I.
- plazo de tres días
- el domicilio de la Procuraduría del Estado Plurinacional de Bolivia es en la ciudad de El Alto, calle Martín Cárdenas número 109
- cumplido y subsanado los accionantes las observaciones realizadas dentro del plazo otorgado