La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1045/2019-S2 de 27 de noviembre, que confirmó la resolución 05/2019 de 19 de septiembre de 2019, pronunciada por la Jueza Pública de Familia Decimote
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1045/2019-S2 de 27 de noviembre, que confirmó la resolución 05/2019 de 19 de septiembre de 2019, pronunciada por la Jueza Pública de Familia Decimote

Fecha: 27-Nov-2019

i)

i) El Tribunal Constitucional Plurinacional es el Máximo Órgano de Control de Constitucionalidad; y en materia de derechos humanos, tiene la responsabilidad que todos los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Política del Estado, no se apliquen como retórica solo en ámbitos académicos, sino, sean materializados a través de su real protección, resguardo, restitución o reparación; labor que se encuentra a cargo sobre todo, de los administradores de justicia constitucional, quienes tenemos la obligación por mandato del art. 13.I de la Constitución Política del Estado (CPE) de propender por su progresividad y favorabilidad;