SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0976/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0976/2019-S4

Fecha: 21-Nov-2019

concedió

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Resolución de 27 de mayo de 2019, cursante de fs. 428 a 432, concedió la tutela solicitada, disponiendo se emita un nuevo fallo, exponiendo al efecto, los siguientes fundamentos: a) Las autoridades demandadas alegaron la incorrección de los argumentos de la a quo, fundados en que los contratos resultan ley entre las partes, y que en el caso específico, la cláusula sexta determina que el incumplimiento de las amortizaciones, convierte al acuerdo en título ejecutivo y que debería efectuarse una liquidación para restar el monto adeudado de los aportes del demandado, entendiendo que existiría una condición suspensiva a favor del acreedor que se activa cuando el socio de la Mutualidad del Órgano Judicial y del Ministerio Público, que no es otro que un funcionario judicial, deje el cargo por tres razones; retiro forzoso, voluntario o fallecimiento; b) Los demandados sostuvieron que el ejecutado, renunció al Órgano Judicial de forma voluntaria y por ese hecho, dejó de amortizar las cuotas mensuales, y que de esa forma, en su condición de aportante de dineros en forma mensual, la referida entidad resultaría la administradora de esos dineros, siendo razonable que la misma, frente al incumplimiento, efectúe la liquidación y por tanto, deduzca ese monto de los aportes que tiene el socio; y, c) Dichos argumentos vulneran el debido proceso en su componente congruencia, así como la motivación, en relación a los antecedentes que hubieran sido puestos a consideración del Tribunal de alzada, por cuanto plasman criterios totalmente personales que no tienen relación con el análisis integral de todos los documentos que fueron presentados y que cursando en el cuaderno procesal, fueron de conocimiento de las autoridades demandadas, quienes no se pronunciaron respecto a la naturaleza de la entidad denominada Mutualidad del Órgano Judicial y del Ministerio Público, sin considerar diferentes Sentencias Constitucionales que se pronunciaron al respecto, como es la SCP 786/2018-S1 de 28 de noviembre, marco en el cual, debe pronunciarse una nueva resolución.