SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2019-S4
Fecha: 27-Nov-2019
denegó
La Jueza de Sentencia Penal Tercera del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 04/2019 de 1 de agosto, cursante de fs. 58 vta. a 63, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) En el presente caso, el accionante retiró su demanda por haber sido notificado con la Resolución que se reclamaba a través de la presente acción de libertad, habiéndose emitido de 7 de junio de 2019, con la que fueron notificados el 1 de agosto del mismo año a las 09:45; y 2) En consecuencia, se evidenció que se ha perdido el objeto principal reclamado mediante esta acción tutelar y se torna en ineficaz e innecesario el pronunciamiento sobre el fondo reclamado a través de la misma, cuando lo que se demandaba era la resolución de apelación incidental que ya fue resuelta mediante auto de vista de la fecha antes mencionada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Retiro de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- procede la acción de libertad -bajo la modalidad innovativa- aún hubiere cesado el acto ilegal en cualquiera de las modalidades protectivas de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Vocal de la Sala Tercera
- REVOCAR