Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2019-S4
Fecha: 27-Nov-2019
III.3. Otras consideraciones
Conforme se tiene de los antecedentes de la presente acción tutelar, no puede soslayarse que el Tribunal de garantías que conoció y resolvió la presente acción de defensa, resulta ser el mismo que concedió la tutela solicitada en la anterior acción de libertad interpuesta por el ahora impetrante de tutela, Tribunal que, en todo caso, conocedor de los antecedentes, y en cumplimiento a la jurisprudencia emitida por este Tribunal, pudo reconducir lo aquí denunciado a un recurso de queja por incumplimiento, adoptando las medidas que fuesen necesarias para garantizar el cumplimiento de la Resolución de 11 de julio de 2019.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.2.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Es improcedente, a través de otra acción de amparo u otra acción de defensa, impugnar o cuestionar total o parcialmente decisiones o resoluciones de autoridades o personas particulares emergentes del cumplimiento -parcial, distorsionado o tardío- de las resoluciones constitucionales -
- III.2. Análisis del caso concreto
- dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones instalen nuevamente la audiencia de apelación incidental interpuesta por el impetrante de tutela
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCAR