SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0999/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0999/2019-S4

Fecha: 27-Nov-2019

1)

Cevero Cándido Blanco Choque, Fiscal de Materia del departamento de Santa Cruz, en audiencia, señaló lo siguiente: 1) El impetrante de tutela a través de un oficio dirigido al Director de Régimen Penitenciario facilitó la salida de dos personas (Eduardo y Hernando ambos Vicente Castillo), que tenían un prontuario extenso, ya que formaban parte de una organización criminal que se dedicaba al secuestro y asesinato y que actualmente contaban con mandamientos de detención preventiva en su contra; 2) La función del Encargado de la Central de Notificaciones, Ramber Gómez Claros, era enviar listas de los detenidos y adjuntar sus correspondientes mandamientos de detención preventiva; sin embargo, en el presente caso, éste funcionario judicial, incumpliendo sus deberes, remitió un oficio de mandamiento de libertad que ocasionó que los anteriormente mencionados puedan salir en libertad; 3) El art. 226 del CPP, faculta al Ministerio Público a disponer la emisión de mandamientos de aprehensión cumpliendo los requisitos y dentro del presente caso se tiene los suficientes indicios de que la pena supera los dos años, a lo que se estableció que existía la probabilidad de autoría debido a que el accionante tenía conocimiento de dicho accionar, por lo que en ningún momento se vulneró el derecho del debido proceso; y, 4) Asimismo, de acuerdo a los antecedentes, en el presente caso, el principio de subsidiariedad se encuentra latente porque no agotaron los mecanismos existentes, al existir la autoridad jurisdiccional correspondiente ante quien se presentó la imputación formal.