AUTO CONSTITUCIONAL 0338/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0338/2019-CA

Fecha: 30-Dic-2019

rechazó

Por Resolución 007/2019 de 11 de diciembre, cursante de fs. 55 a 61, el Director de Transparencia Corporativo de YPFB, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: 1) Los Informes Finales previstos en la Ley de Unidades de Transparencia y Lucha contra la Corrupción de YPFB, no son actos administrativos, debido a que los efectos que producen son indirectos, constituyendo el presupuesto del inicio de un sumario administrativo; 2) En ese caso, al no producir efecto alguno, siendo únicamente una opinión técnica que será considerada, rechazada y archivada por la autoridad sumariante, no puede asumirse el efecto de sanción o restricción de derecho alguno, existiendo una interpretación errónea de la garantía y principio del non bis in ídem; y, 3) Por lo que, al simplemente hacer mención a la supuesta vulneración de los preceptos constitucionales invocados, el accionante no expuso la fundamentación jurídico-constitucional que acredite la lesión, la duda razonable y la vinculación entre la noción de acto jurídico y el Informe Final.