Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0368/2019-RCA
Fecha: 03-Dic-2019
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante considera lesionado su derecho al debido proceso en su vertiente valoración razonable de la prueba, legalidad y seguridad jurídica, congruencia y debida fundamentación; citando al efecto los arts. 178.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE), 8 del Pacto de San José de Costa Rica y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).