SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1036/2019-S4
Fecha: 04-Dic-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Mediante nota presentada el 31 de mayo de 2019, dirigida a Miguel Ángel Fuentes Herrera, Administrador de la CNS Regional Beni, solicitó su reincorporación a dicho centro de salud, en el cual desempeñó las funciones de trabajador de enfermería de emergencias del Hospital Obrero 8 de la Santísima Trinidad, sin que hasta la fecha de presentación de esta acción de defensa, se hubiera pronunciado sobre aquella petición, razón por la que, al amparo de la jurisprudencia constitucional establecida en la SCP 1041/2017-S3 de 10 de octubre y en el art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE), presentó una nueva nota reiterando su pretensión y demandando una respuesta, toda vez que, no recibió una contestación oportuna y pronta a sus peticiones.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- I.2.4.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- : a)
- a) La respuesta no se pone en conocimiento del peticionario;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR