Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1098/2019-S2
Fecha: 11-Dic-2019
a)
Solicita se conceda la tutela, disponiendo en consecuencia: a) Se anule obrados hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta la notificación por edicto de la RA RU-ABT-RIB-PAS-477-2016 y se le cite o notifique con las formalidades legales; y, b) Se deje sin efecto cualquier otro proceso emergente del cuestionado fallo administrativo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el debido proceso y el derecho a la defensa
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR