SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1159/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1159/2019-S2

Fecha: 31-Dic-2019

III.5.

De los antecedentes procesales del expediente, se evidencia que, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público por el supuesto delito de robo agravado, asociación delictuosa y otros, contra el demandante de tutela, que se tramita en el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Pando donde el accionante solicitó cesación de la detención preventiva, en aplicación del art. 239.3 del CPP; empero, el referido Tribunal, mediante Resolución de “23 de enero de 2019”, decidió rechazar dicha petición, aduciendo que el imputado no habría cumplido con lo establecido en el art. 239.3 del CPP, donde se hace referencia a las excepciones para la procedencia de la cesación a la detención preventiva por esta causal.

Auto Interlocutorio al cual el solicitante de tutela interpuso recurso de apelación incidental, que fue resuelto por Ximena Katty Joaniquina Bustillos, Vocal de la Sala Penal y Administrativa y Luis Gonzalo Vargas Terrazas, Vocal de la Sala Civil, Social Familiar de Niñez y Adolescencia Contencioso y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Auto de Vista de 11 de febrero de 2019, que confirmó la Resolución impugnada, omitiendo pronunciarse sobre los puntos apelados de manera fundamentada y motivada.

Ante ello, el demandante de tutela, considerando que fueron lesionados sus derechos constitucionales, interpuso la presente acción de defensa impugnando la  referida resolución de 11 de febrero de 2019, alegando que dichas resoluciones, no cuentan con la fundamentación y motivación debida; por lo que, solicita se conceda la tutela; y en consecuencia; se ordene al Tribunal de alzada de Pando, realicen nueva Resolución fundamentada, bajo los principios de favorabilidad y temporalidad y, conceda medidas sustitutivas a la detención preventiva y que las mismas sean de posible cumplimiento bajo las reglas de art. 124 del CPP.